Con el Decreto Legislativo 1627 se dota al MTC de nuevas herramientas regulatorias para asignar eficientemente el espectro radioeléctrico para 5G
El espectro puede ser asignado, previa valorización, de forma directa si se verifica que no existe restricción de disponibilidad, es decir, si la demanda de espectro es igual o menor a la oferta disponible. Asimismo, permite que el pago por el espectro asignado sea a través de inversiones directas para cerrar brechas en telecomunicaciones.
En el Perú la banda 3.5 GHz (3.3 – 3.8 GHz) es la más idónea para 5G, al respecto, es importante considerar lo siguiente:
. Para 5G se recomienda 80-100MHz continuos por operador como mínimo.
. En Perú tenemos 4 operadores móviles, por tanto, con 400MHz habría una asignación óptima.
. La Banda 3.5GHz (3.3 – 3.8 GHz) consta de 500 MHz, no obstante, actualmente una parte está asignada de forma fragmentada – lo que es ineficiente para 5G- a tres operadores, que tienen inversiones realizadas. Asimismo, existen algunos enlaces satelitales que pueden migrarse.
Siendo así, dado que existen derechos vigentes en parte de la banda, lograr una asignación óptima, dependerá de varios factores. Ya el MTC ha mostrado la ruta, pero está aún pendiente la publicación del reglamento de la norma, por lo que la publicación para comentarios será una importante ocasión para contribuir con aportes a este proceso.
Datos técnicos:
♦ - Por diseño del estándar 5G, en la banda 3.5GHz (conocida internacionalmente como banda n78) se puede utilizar como máximo portadoras de 100MHz.
♦ - Existen otras bandas con potencial para 5G, como la banda de 26GHz y de 6GHz, pero con menor ecosistema.
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