La modificación corresponde a 9 artículos:
El 21-dic-16 se promulgó el Decreto Legislativo N° 1272, norma que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG). La Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1272 establece que las entidades tendrán un plazo de sesenta (60) días para adecuar sus procedimientos especiales.
Por ello OSIPTEL ha publicado 2 Resoluciones (05-feb-17) con el fin de aprobar el proyecto de modificación de 2 Reglamentos:
El Reglamento de Reclamos de Usuarios, y
EL Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas
El Proyecto de modificación del Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas
OSIPTEL publicó el 05-feb-2017, el Proyecto de modificación del Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas, a fin de que éste último adecúe sus procesos acorde a la última modificación de la LPAG, llevada a cabo a través del Decreto Legislativo N° 1272 (21-dic-16).
En el presente caso, se modifican 17 artículos (de un total de 93):
El actual Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas se publicó el 04-nov-2011 mediante Resolución 136-2011-CD/OSIPTEL, modificado posteriormente el 03-oct-2016 mediante Resolución 122-2016-CD/OSIPTEL.
OSIPTEL tiene competencia para resolver controversias entre empresas (basta que una sea telco) relacionadas con:
. El incumplimiento de las obligaciones sobre libre y leal competencia
. La interconexión de redes
. El derecho de acceso a la red
. Tarifas y cargos
. Aspectos técnicos
. El acceso y uso compartido de la infraestructura de uso público
ANTECEDENTES
MULTAS A OPERADORES
El mercado de las Telecomunicaciones es un mercado regulado, por tanto el organismo regulador debe tener las atribuciones de imponer sanciones y multas cuando se transgeden las reglas del mercado.
El monto de las multas que puede imponer un Regulador de Telecomunicaciones debe ser de tal valor que desaliente las malas pràcticas e incentive las mejoras que debe realizar los Operadores.
En el Perú según Ley 27336 (27-jul-2000), entre las funciones y facultades de su regulador OSIPTEL se encuentra la de calificación de infracciones e imposición de multas, acorde a los límites máximos siguientes
Mientras que las infracciones relacionadas con la libre y leal competencia, se aplicarán los montos establecidos por el Decreto Legislativo Nº 701 (Ley de Represión Anticompetitiva) y el Decreto Ley Nº 26122 (Ley de Competencia Desleal), acorde a los límites máximos siguientes:
En los últimos 3 años (2012-2014), Osiptel impuso más de S/. 44 millones en multas. Osiptel puede imponer un máximo de 350 UIT de multas, exceptuando las prácticas anticompetitivas donde puede imponer hasta más de 1 000 UIT en multas.
Multas a Telefónica del Perú
Según Res. Nº 303-2015-GG/OSIPTEL, el OSIPTEL sancionó con 4 multas a la empresa operadora Telefónica del Perú, por un total de S/. 1,163 millones (302 UIT), debido a infracciones al procedimiento por venta no autorizada de líneas prepago.
Proyecto de Ley para elevar multas
En Perù existe el proyecto de Ley 2543 (13-ago-2013) que está actualmente en la Comisión de Economía del Congreso (desde 14-may-2014) que contempla un incremento de multas (la máxima multa pasa de 350 a más de 1 000 UIT) y una ampliación de criterios para la imposición de sanciones. De tal manera que la máxima multa seria como sigue:
El proyecto ley establece una escala de multas similar a la escala de multas de prácticas anticompetitivas y competencia desleal que son mayores. En caso de aprobarse dicho proyecto, Perú sería el 2do país de latinoamerica con la mayor escala de multas, solo por debajo de Brasil.
Renovación de Concesiones
Llas sanciones impactan la futura renovación de concesiones de diversos operadores.
El D.S. 036-2010-MTC (27-jul-2010), describe 23 obligaciones que forman parte de los contratos de concesión suscritos por el MTC y establece el enfoque metodológico con que se evaluará el plazo de concesión y fija penalidades que significan años menos de concesión, en función a los montos de sanciones aplicados a cada operador, a través de un ”factor alfa” calculado por OSIPTEL, que traduce los montos de sanciones en unidades de tiempo.
Para Telefónica las sanciones acumuladas le significó una reducción de 19 meses en su concesión (en lugar de renovar por 15 años, el Estado le renovó por 13 años y 5 meses).
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